La Empresa de Asesoramiento Jurídico, de Cienfuegos, conocida por sus siglas Asleg, comparte en redes sociales los derechos de un empresario ante la notificación de una resolución administrativa con la que manifieste desacuerdo.
La Máster en Ciencias, Yaisery Brunet Romero, directora de Desarrollo en la empresa del sector jurídico, aclara en la publicación que la Ley de Procedimiento Administrativo brinda herramientas a un empresario para el entrenamiento a una sanción, multa o denegación de licencia, en caso de inconformidad.
Brunet Romero destacó además que los recursos administrativos son mecanismos de defensa, constituidos medios legales para permitir la impugnación de actos de la Administración Pública considerados injustos, ilegales o causantes de perjuicio.
En Cuba existe el Recurso de Reforma, y debe interponerse ante el mismo órgano que emitió el acto, a través de la solicitud de revisión, y como segunda instancia figura el Recurso de Alzada, a presentarse ante el superior jerárquico de la entidad que dictó la resolución.
También cuentan con el Recurso de Revisión, el que procede en casos excepcionales, cuando surgen nuevos elementos o detectan errores graves.
Los expertos insisten en que cada herramienta jurídica debe presentarse en los términos establecidos por la Ley.
