Sitios oficiales de las redes sociales de los bancos de la provincia comparten las explicaciones dadas a conocer por los funcionarios del Banco Central de Cuba, en aras de detallar cuáles son las verdaderas limitantes en la extracción de efectivo para personas naturales y jurídicas.
El límite de los cinco mil pesos reflejado en el artículo 4 de la Resolución 111 de 2023 se establece por operación en efectivo para los cobros y pagos solo entre los actores económicos, que son sujetos de esta Resolución, lo cual no incluye a las personas naturales en dicha restricción.
Asimismo, “los conocidos umbrales de 80 mil pesos cubanos para la extracción de efectivo y los 120 mil cup mensuales, no afectan a los actores económicos, sino que es solo para las operaciones entre cuentas de personas naturales u extracciones en efectivo”, aseguran en los post.
La reciente normativa bancaria también incluye que desde una cuenta corriente (clientes jurídicos) es posible transferir dinero hacia una cuenta de una persona natural, solo que, fundamentalmente, por la domiciliación de nóminas para el pago de salario a los trabajadores, pues es una vía más segura.
En relación al tema es importante recordar que los cajeros automáticos serán usados solamente por “las personas naturales que tengan tarjetas magnéticas asociadas a salarios, pensiones, haberes personales y cuentas de ahorro”.