Autoridades de los ministerios de Finanzas y Precios, Energía y Minas, junto a la Aduana General de la República, anunciaron este viernes la Resolución 169, publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 60, que actualiza los beneficios fiscales para el aprovechamiento de las fuentes renovables de energía (FRE).
La viceministra de Finanzas y Precios, Yenisley Ortíz Mantecón, explicó en una conferencia de prensa que “esta actualización responde a la necesidad de perfeccionar el marco regulatorio tras más de tres años de aplicación de los primeros incentivos, incorporando experiencias prácticas y ampliando el alcance para potenciar la participación ciudadana y empresarial en la generación limpia”.
Detalles de la nueva política fiscal
Entre las principales innovaciones de la resolución se encuentra la extensión de beneficios a personas jurídicas que anteriormente solo aplicaban a particulares.
Según la viceministra, esto permitirá un mayor desarrollo de proyectos empresariales en el sector energético. Asimismo, se mantiene la exención total del Impuesto Aduanero para sistemas fotovoltaicos, incluyendo sus componentes fundamentales, así como para calentadores solares y pequeños aerogeneradores. Ahora, empresas y cooperativas también podrán acceder a estos beneficios, lo que representa un avance significativo en la política de incentivos.
La norma introduce importantes facilidades administrativas que agilizarán los procesos. Entre ellas, se elimina el requisito de solicitud previa al Ministerio para más de 200 partidas arancelarias específicas, lo que simplificará notablemente las importaciones de tecnologías limpias. Además, se establece la posibilidad de declarar estos equipos por separado para excluirlos del cálculo del valor total de importación y se crea un procedimiento ágil para solicitar exenciones de productos no incluidos inicialmente en los listados oficiales. Estas medidas buscan eliminar barreras burocráticas y hacer más accesibles estas tecnologías.
En cuanto a los proyectos de inversión en generación renovable, la resolución mantiene la exención del Impuesto sobre Utilidades durante el período de recuperación, que puede extenderse hasta ocho años. Sin embargo, se introducen mejoras sustanciales, como la eliminación de la obligación de ratificación anual ante la ONAT; ahora será suficiente presentar una sola vez el dictamen técnico de la ONURE y el estudio de factibilidad para acceder al beneficio. Además, se amplía considerablemente la lista de equipos y maquinarias exentos para los procesos de inversión, lo que facilitará la materialización de estos proyectos.
La viceministra destacó especialmente la incorporación de nuevas tecnologías en los listados de beneficios, entre ellas cargadores para vehículos eléctricos que funcionen con fuentes renovables y equipos para el procesamiento de biomasa energética. Esto demuestra, según sus palabras, la voluntad del gobierno de actualizar constantemente estos incentivos para responder a los avances tecnológicos y a las necesidades del desarrollo energético nacional.
Desde el punto de vista legal, la Resolución 169 modifica la anterior Resolución 238 de 2023 sobre tarifas eléctricas y deroga las Resoluciones 319 y 322 de 2021, consolidando así en un solo instrumento toda la política de incentivos fiscales para las energías renovables.
La norma entra en vigor inmediatamente después de su publicación y, según informaron las autoridades, la Aduana General de la República ya ha emitido las instrucciones necesarias para su aplicación en todas sus unidades. Mientras tanto, el Ministerio de Energía y Minas prepara una campaña de divulgación para explicar los nuevos beneficios a potenciales inversionistas y ciudadanos interesados en incorporarse a este estratégico sector.